Proyecto que obliga a instituciones financieras a informar saldos de cuentas al SII
Con fecha 20 de abril del año en curso, fue aprobado en segundo trámite por la Cámara de Diputados, el proyecto de ley que modifica el Código Tributario obligando a bancos y otras instituciones financieras a entregar información al SII sobre saldos y sumas de abonos en cuentas financieras, estando pendiente que el Senado ratifique las modificaciones introducidas por la Cámara para convertirse en ley.
El proyecto establece una obligación anual de bancos e instituciones financieras de entregar información al Servicio de Impuestos Internos (SII) respecto de los saldos y abonos mensuales correspondientes al año calendario inmediatamente anterior, en la medida que dichos saldos o sumas de abonos registren un movimiento diario, semanal o mensual, igual o superior a 1.500 Unidades de Fomento (alrededor de 48 millones de pesos), sin atender para estos efectos al número de titulares a que pertenezcan.
El artículo transitorio dispone que la obligación de informar se aplicará respecto de los saldos y sumas de abonos identificados en las cuentas financieras a partir del tercer mes siguiente a la fecha de la publicación de la ley en el Diario Oficial.
En adición a lo anterior, respecto de los contribuyentes acogidos a las disposiciones del art. 14 de la Ley de Impuesto a la Renta, el proyecto establece que se sancionará en la forma prevista en el primer párrafo del N°4 del artículo 97 del Código Tributario, (multa del 50% al 300% del valor del tributo eludido, y con presidio menor en sus grados medio a máximo[1]), la entrega de información incompleta o falsa en las declaraciones que indica el proyecto sobre inversiones en el extranjero, así como cuando respecto de Inversiones en Chile, se determine que los actos, contratos y operaciones respectivos se han llevado a cabo maliciosamente con la finalidad de evitar, disminuir o postergar la aplicación de los impuestos global complementario o adicional.
[1] De 541 días a 5 años.