Regulación laboral en la nueva constitución: Propuestas y avances
REGULACIÓN LABORAL EN LA NUEVA CONSTITUCIÓN: PROPUESTAS Y AVANCES
Como bien sabemos, el pasado 15 y 16 de mayo de 2021, se realizaron las elecciones para elegir los integrantes de la Convención Constituyente, quienes tienen como misión redactar una nueva Constitución.
Dentro del ámbito de los derechos sociales y su respectiva protección, uno de los temas más mencionados por los entonces candidatos a constituyentes fue el tema laboral.
La materia que nos convoca es respecto del ámbito laboral. Justamente a raíz de la incertidumbre que provoca esta nueva regulación, surgen diversos planteamientos tanto desde los ámbitos empresariales y de empleadores, como por parte de los trabajadores, respecto de cuáles serán los fundamentos, reglas y normas que regirán a las personas en el ámbito del derecho laboral.
En efecto, lo que regula nuestra actual Constitución es la libertad de trabajo, por cuanto de acuerdo a nuestra actual Carta Magna se asegura a todas las personas “La libertad de trabajo y su protección. Toda persona tiene derecho a la libre contratación y a la libre elección del trabajo con una justa retribución.” (Artículo 19 N° 16, Capítulo III De Los Derechos y Deberes Constitucionales).
Diversos son los autores que han señalado que el hecho de haber agregado la frase final respecto de la “protección”, hace referencia al fortalecimiento del objetivo último del derecho al trabajo, poniendo una mirada en el empleador y otra hacia el trabajador.
Ahora bien, las diferentes propuestas realizadas por la mayoría electa ganadora de convencionales constituyentes reflejan la intención de construir un modelo de derechos sociales básicos garantizados respecto del ámbito del trabajo, encontrando dentro de las diferentes propuestas, por ejemplo, la modificación a la actual regulación de la huelga y la negociación colectiva. Es así como se escucharon voces que indicaban que existía la necesidad de avanzar hacia un modelo constitucional, de sociedad, distinto, en que los derechos sociales sean garantía mínima de existencia. Básicamente las propuestas realizadas por la mayoría ganadora giran en torno a un cambio en el modelo de Estado, en una lógica mucho más redistributiva y solidaria, abandonando el modelo de subsidiariedad actual.
En el ámbito de los trabajadores, encontramos la propuesta de la Central Unitaria de Trabajadores (CUT). Esta propuesta, recientemente entregada a los convencionales constituyentes del partido socialista, contiene 6 ítems, y cada uno con sus planteamientos específicos.
Los ítems que propone la CUT son: Derecho al trabajo decente y su protección; Protección constitucional de la relación laboral; Salario decente para vivir y no sobrevivir; Igualdad material y no discriminación e igual salario por trabajo de igual valor; Libertad sindical: una verdadera autonomía colectiva; y, Derechos sociales de seguridad social y piso de protección social.
Asimismo, la propuesta expone la importancia de llegar a una Constitución Feminista “consistente en consagrar, definitivamente, la igualdad material en términos de género y comenzar a eliminar todas las formas de discriminación y violencia contra la mujer”, basándose en que “tan transversal como el Trabajo en la sociedad, el Feminismo debiera ser una forma de concebir cada una de las esferas de la vida humana, individual y colectiva, incluyendo principalmente el Trabajo, con miras a eliminar toda distribución de roles fundada en el género y en el sexo.”[1]
Ahora bien, por otra parte en el ámbito de los empleadores, encontramos la propuesta de la Cámara Nacional de Comercio, Servicios y Turismo de Chile (CNC), la que se enfoca en una nueva mirada para las relaciones colectivas de trabajo, indicando que “la nueva Constitución debe contener los aspectos básicos y mínimos que deban regir la relación laboral, pero pueda mantener la flexibilidad necesaria para adaptarse a los rápidos cambios que va sufriendo la sociedad a lo largo del tiempo y que afectan también al ámbito laboral.”[2]
Señala, en lo medular, que la nueva Constitución no sólo debiese respetar los derechos fundamentales de todos los ciudadanos, incluyendo a los trabajadores, sino que además debe incentivar la formalidad a todo nivel, especialmente la laboral y el cumplimiento estricto a la legislación vigente.
Agrega la propuesta que la nueva Constitución debe asegurar una serie de libertades que hagan posible el ejercicio de la libertad sindical, como lo es el derecho a la vida y la seguridad personal, el derecho a la libertad y la seguridad contra la detención y el arresto arbitrario, la libertad de expresión y de opinión, la libertad de reunión, el derecho a un proceso justo por un tribunal independiente e imparcial, el derecho a la protección de la propiedad de las organizaciones de trabajadores y empleadores; y conjuntamente con ello, debe promover el sindicalismo robusto, profesional e independiente de toda injerencia externa de terceros y del Estado, con tal que fomente y defienda los derechos de sus asociados, incentivando las negociaciones en el ámbito laboral, concretando el diálogo social, en un contexto que fomente la participación y comunicación de buena fe de los actores en plano de igualdad, y con las condiciones sociales, económicas, políticas y de seguridad óptimas para lograr consensos, la que debe mantenerse durante todo el proceso de negociación. Además, es primordial que el contenido de un proceso de negociación colectiva y el acuerdo al que se arribe se ajusten a la realidad y condiciones de las relaciones laborales en los distintos sectores, al tamaño de las empresas, a su ubicación, entre otros aspectos que permitan su verdadera y adecuada aplicación.
En resumen, a la fecha de la presente publicación podemos concluir que existen diferentes y variadas propuestas en el ámbito laboral, tanto desde trabajadores como de empleadores. Sin embargo, hasta ahora la Convención Constitucional no ha entrado al fondo de las propuestas (aún se está discutiendo acerca del Reglamento), por lo que habrá esperar los avances respectivos en el ámbito laboral, manteniendo la esperanza de una regulación que recoja todas las propuestas, desvirtuando aquellas que ven a empleadores y trabajadores como enemigos acérrimos.
[1] Diálogo Social para el Nuevo y Futuro Mundo del Trabajo. Cámara Nacional de Comercio, Servicios y Turismo.
[2] Propuesta Constitucional Del Mundo Sindical, Un Nuevo Chile desde las múltiples dimensiones del Trabajo Decente. Friedrich-Ebert-Stiftung y Central Unitaria de Trabajadores.