Arbitrajes nacionales: no nos quedemos en el pasado
Compartimos columna de opinión de nuestro abogado Alfredo Niklitschek Dabiké, titulada “Arbitrajes nacionales: no nos quedemos en el pasado”.
Alfredo comenta que actualmente los arbitrajes ad hoc y no institucionales (aquellos que no dependen del CAM Santiago o del Centro Nacional de Arbitrajes) pueden acudir temporalmente —gracias al art. 17 transitorio de la ley 21394— a la tramitación electrónica de los casos. A su juicio, esta práctica debe ser permanente, lo que exige una regulación legal al respecto, además de la actualización tecnológica de ciertos árbitros. Y tanto la reforma legal requerida como la adquisición de nuevas habilidades por algunos árbitros deben ser resueltas a la brevedad.
Recalca el columnista: “Quienes somos partes como litigantes necesitamos, merecemos y exigimos facilidades para la tramitación, como las que permiten la vía electrónica y su práctica de audiencias por videoconferencia, siempre que se resguarde el debido proceso, lo que, durante la pandemia, se vio que sí ocurrió”.
Alfredo Niklitschek integra nuestras prácticas de Arbitrajes, Litigios, Energía y Recursos, Insolvencias y Reorganización.