Ley de Reconstrucción – Requerimiento por inconstitucionalidad
El Gobierno presentó un requerimiento por inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional respecto del artículo 31 del proyecto de Ley de Reconstrucción y de Desarrollo Económico y Social (Boletín 18216-05). Este establece ciertas obligaciones para empresas de servicios básicos, como cumplir breves plazos máximos para la reposición del suministro, hacerlo gratuitamente en zonas de catástrofe incluso ante deudas previas, prohibir cobros por reconexión, y aplicar compensaciones si la norma no se cumple.
Al respecto, quienes patrocinan el requerimiento -declarado admisible el 18 de agosto 2026- son los abogados Joaquín Palma Cruzat y Vicente Gómez Vives, ambos de nuestro estudio.
Invocaron una vulneración del artículo 69 de la Constitución Política del Estado, que establece que cualquier indicación o cambio del Congreso debe guardar relación directa con las ideas matrices del proyecto original. El artículo 31 fue agregado como indicación parlamentaria durante la tramitación ante la Cámara.





















