Nueva Ley de Cuotas de Género en Directorios – Chile
Se publicó el 19 de agosto la Ley N°21.757, también denominada “Ley de Cuotas de Género en Directorios”. Esta normativa busca aumentar la participación de mujeres en los órganos de administración de ciertas sociedades anónimas en Chile. La nueva ley introduce un sistema de implementación gradual que comenzará a regir en enero de 2026 y que impactará directamente en la gobernanza corporativa de las Sociedades Anónimas Abiertas y Sociedades Anónimas Especiales sujetas a fiscalización de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF).
Fecha de aprobación: 23 de julio de 2025.
Entrada en vigor: 1 de enero de 2026.
¿Qué establece la nueva ley?
Las Sociedades Anónimas Abiertas y las Sociedades Anónimas Especiales sujetas a fiscalización de la CMF deberán respetar una cuota máxima de género en la composición de sus directorios. La proporción de la composición del directorio deberá ser de hasta 80 % de un mismo sexo y gradualmente llegar a una proporción del 60% cuando la ley esté plenamente implementada, en 2032.
- Objetivo: promover mayor participación femenina y evitar la sobrerrepresentación de un mismo sexo.
Gradualidad de implementación

¿Cuál será el régimen de cumplimiento?
- Modelo inicial: “cumplir o explicar”.
Si la empresa no respeta la cuota, deberá justificarlo públicamente en su memoria anual. - Posible obligatoriedad: En la fase inicial (2026–2031) la regla opera bajo el esquema de “cumplir o explicar”. Sin embargo, si la CMF detecta un bajo nivel de cumplimiento (menos del 80 % de las sociedades o más del 5 % de directorios integrados por un solo sexo), la cuota aplicable en ese período (80 % o 70 %, según corresponda) se transformará en obligatoria de inmediato, pudiendo incluso repetirse elecciones de directorio. A partir del séptimo año (2032), la exigencia definitiva será que ningún sexo podrá ocupar más del 60 % de los asientos en el directorio, regla que será obligatoria en todo caso, con independencia de la revisión de la CMF.
¿Qué impacto práctico tendrá?
- Planificación de elecciones: las juntas de accionistas deberán considerar la cuota al proponer y votar candidatos.
- Reportes a la CMF: las sociedades deberán incluir en su memoria anual la justificación en caso de incumplimiento.
- Posibles sanciones: la ley no establece multas específicas por incumplimiento de la cuota, pero la CMF conserva sus facultades sancionatorias generales. Esto significa que podrían imponerse multas en caso de omitir información o entregar antecedentes inexactos en los reportes exigidos.
- Riesgo reputacional: no cumplir puede afectar la imagen pública y generar presión de inversionistas.
- Riesgo corporativo: en caso de que la cuota pase a ser obligatoria, podría declararse la nulidad de la elección de directorio y exigirse su repetición.
Recomendaciones inmediatas
- Revisar la composición actual de los directorios y las renovaciones programadas.
- Diseñar una estrategia de cumplimiento gradual desde 2026.
- Preparar disclosure y políticas internas en caso de optar por explicar y no cumplir en primera instancia.
- Capacitar al área legal y de gobierno corporativo sobre los plazos y requisitos para el cumplimiento o compliance de la nueva ley.
Para más información, contactar a:
Joaquín Palma
jpalma@palma.cl






















