Ley de Cumplimiento Tributario – Ley Corta
En el marco de la Ley N°21.713 sobre Cumplimiento Tributario se consideró una ventana transitoria y un procedimiento voluntario y extraordinario para declarar bienes o rentas que se encuentren en el extranjero, a cambio de un impuesto único y sustitutivo de 12%. El plazo fijado para hacerlo era el 30 de noviembre de 2014.
El Congreso aprobó un proyecto de ley corta, faltando su promulgación y publicación en el Diario Oficial. Una vez que la Ley entre en vigencia:
• Se amplía hasta el 31 de diciembre de 2024 el plazo de vigencia del sistema voluntario y extraordinario de declaración de bienes o rentas que se encuentren en el extranjero establecido en el artículo undécimo transitorio de la ley 21.713.
• Se extiende hasta el 31 de diciembre de 2024 la vigencia de la facultad de poner término anticipado a juicios tributarios, según el art. 12 transitorio de la ley 21. 713. Y se extiende por 90 días la posibilidad de suscribir convenios de pago preferente con Tesorería, de acuerdo con lo dispuesto por el art. 13 transitorio.
Para más información, contactar a nuestra socia Maria Soledad Diharasarri Lecanda, quien encabeza el área Tributaria de Palma.