Resolución SII – Repatriación de Capitales
El Servicio de Impuestos Internos (SII) emitió la Resolución N°103, que fija el alcance de la Ley 21.713 en relación con la repatriación de capitales, estableciendo la forma cómo los contribuyentes podrán acogerse al sistema de declaración voluntaria de aquellos bienes o rentas en el extranjero susceptibles de ser gravados y que no hayan sido declarados en tiempo y forma.
“Nos parece una buena y pronta definición del SII, para tratar de arreglar el problema del exiguo plazo dispuesto por la ley de cumplimiento de obligaciones tributarias recién publicada. Este es de un mes, lo que, en la práctica, hace que la repatriación de capitales no sea una iniciativa de interés para muchos. El Gobierno anunció una iniciativa legal para subsanar las deficiencias de la Ley 21.713 en esta materia, pero hasta ahora el plazo de un mes sigue rigiendo para declarar los bienes y pagar el impuesto de 12% que corresponde. Este vence el 30 de noviembre de 2024”, dice Maria Soledad Diharasarri Lecanda, socia que encabeza el área Tributaria de Palma.