Empresas Tecnológicas y Patentes de Software en Chile
Cada vez es más común que empresas de base tecnológica, especialmente startups, se pregunten si una idea basada en software puede protegerse mediante una patente. La duda no es menor, ya que, en Chile, la protección de este tipo de desarrollos es un tema complejo y a veces mal entendido.
A diferencia de lo que ocurre con otras invenciones, los programas de computador, como tales, no son patentables en nuestro país, dado que la legislación chilena establece expresamente que el software se protege por la vía de los derechos de autor. No obstante, hay situaciones en las que una solución que utiliza software puede ser objeto de patente, siempre que se trate de una invención que cumpla con los requisitos legales: novedad, altura inventiva y aplicación industrial.
1. ¿Cuándo puede el software formar parte de una invención patentable?
La clave está en entender que el software debe estar asociado a una solución técnica concreta y no limitarse a ejecutar funciones abstractas o propias de una idea de negocio. Es decir, no es suficiente que el software automatice una tarea humana o implemente un modelo de negocio; debe aportar una solución técnica específica a un problema técnico.
Por ejemplo, podrían ser patentables:
Un método nuevo para procesar o almacenar datos, si mejora el rendimiento de un dispositivo.
Un sistema de cifrado o seguridad que resuelva un problema técnico de protección de datos.
Algoritmos que, aplicados a un contexto específico, optimizan el funcionamiento de una máquina o de un proceso industrial.
Software integrado a un dispositivo o hardware específico, que no puede funcionar sin dicho componente técnico.
Por el contrario, no serán patentables en Chile aquellos desarrollos que, aunque puedan parecer innovadores, se reduzcan a cálculos matemáticos, algoritmos en abstracto o reglas comerciales automatizadas.
2. ¿Qué debe considerar una empresa al presentar una patente de software?
Si una empresa decide avanzar con la solicitud de patente, es fundamental redactar la solicitud de forma clara y técnica, destacando cuál es el problema que la invención resuelve y de qué manera concreta lo hace.
En particular, la solicitud debe:
Describir el problema técnico específico al que se dirige la solución.
Explicar cómo la invención logra resolverlo mediante una combinación de software y hardware, o bien por medio de un efecto técnico verificable (por ejemplo, mayor velocidad, mejor seguridad, menor uso de recursos).
Precisar cómo interactúan los distintos componentes del sistema, evitando describir el software como una «caja negra» o sin dar detalles suficientes.
Cuanto más específica sea la descripción de la invención y su implementación técnica, mayores serán las posibilidades de éxito ante el Instituto Nacional de Propiedad Industrial (INAPI).
3. ¿Qué hacer si la patente no es viable o conveniente?
En algunos casos, la naturaleza del desarrollo puede hacer difícil obtener una patente, o bien la empresa podría optar por no divulgar la información técnica de su software. En esos casos, una alternativa válida y efectiva es proteger la información como secreto industrial.
El secreto industrial, también regulado por la Ley N.º 19.039, permite mantener en reserva información técnica o comercial que otorga ventajas competitivas, siempre que la empresa adopte medidas razonables para preservar su confidencialidad (por ejemplo, mediante acuerdos de confidencialidad con empleados y socios).
Esta vía es especialmente recomendable cuando el software o algoritmo no puede ser descubierto por un tercero al usar el producto o servicio, y cuando revelar la invención en una patente podría poner en riesgo su ventaja competitiva.
4. ¿Conviene patentar software en Chile? Consideraciones finales
La respuesta dependerá de cada caso concreto. Cuando el software forma parte de una solución técnica real, con un efecto tangible y novedoso, puede valer la pena solicitar una patente. Sin embargo, si la invención se basa solo en una lógica de negocio, una fórmula matemática o una metodología que puede realizarse sin intervención tecnológica específica, la protección por patente será difícil o incluso inviable.
Por eso, antes de avanzar, es recomendable evaluar:
Si la invención resuelve un problema técnico concreto y verificable.
Qué tan difícil sería para un tercero replicar la solución sin conocer los detalles técnicos.
Qué opción de protección es más conveniente: patente, derecho de autor o secreto industrial.
ATENCIÓN
En Chile, registrar una patente es la opción más costosa y burocrática, pero ofrece una protección sólida por un tiempo limitado. El secreto industrial es barato y sin trámites, pero depende del resguardo interno. El derecho de autor, en cambio, es fácil y económico de registrar, con protección automática y de larga duración.
Cada estrategia tiene ventajas y limitaciones, por lo que elegir la correcta requiere un análisis cuidadoso.
Si tu empresa está trabajando en una solución tecnológica y quieres evaluar si es posible protegerla por patente o por otro medio, y requieres apoyo en ese proceso para definir la mejor estrategia a nivel local o internacional según el tipo de desarrollo y los objetivos del negocio, contacta a:
Juan Hurtado – Palma Tech
jhurtado@ palma.cl