Resolución SII sobre Emisión de boletas
A partir del 1° de mayo de 2025 será obligatorio para todo tipo de comercios que hacen ventas de bienes y servicios por canales presenciales a consumidores finales la emisión de un comprobante de pago. Según el modo de pago de las compras, esos contribuyentes deberán emitir:
1. Boleta impresa obligatoria para pagos con efectivo o transferencia bancaria.
2. Comprobantes impresos y/o electrónicamente enviados para pagos con tarjetas.
“Si bien la Resolución Ex. N°12 del SII, emitida el 17 de enero de 2024, rige desde mayo 2025, permitió adecuar los sistemas telemáticos hasta el 1° de marzo de 2026”, dice nuestra socia Maria Soledad Diharasarri Lecanda, quien encabeza el área tributaria de Palma.