Cambios en reglas de la Contraloría: ¿Puede afectar los plazos de tu proyecto?
La Contraloría General de la República publicó recientemente la Resolución N°3 de 2026, que modifica las reglas sobre qué actos administrativos deben pasar por toma de razón (control preventivo de legalidad) y cuáles quedan exentos. Aunque se trata de una norma procedimental, puede tener efectos prácticos relevantes en proyectos que requieran interacción con el Estado.
¿Por qué esto importa?
Porque la toma de razón:
- Puede agregar semanas (o meses) a la ejecución de un acto administrativo;
- Puede generar observaciones que obliguen a ajustar contratos o resoluciones;
- Puede impactar la calendarización financiera de un proyecto.
La nueva regulación ajusta umbrales económicos, redefine actos municipales sujetos a control y formaliza nuevas modalidades de actuación de la Contraloría.
¿En qué tipo de proyectos puede influir?
Puede ser relevante para:
- Proyectos inmobiliarios que involucren bienes públicos o concesiones.
- Desarrollos con convenios o contratos con organismos públicos.
- Transferencias relevantes de recursos estatales.
- Actos municipales estructurales (plantas, concesiones, contratos de alto monto).
- Proyectos energéticos o sectoriales con autorizaciones administrativas relevantes.
En cambio, no afecta permisos ordinarios entre privados ni operaciones puramente civiles.
¿Qué cambia en la práctica?
- Algunos actos de alto impacto económico seguirán sometidos a control previo estricto.
- Otros podrían agilizarse si utilizan formatos tipo previamente aprobados.
- Se refuerza el control sobre concesiones y decisiones con impacto institucional relevante.
En términos simples: el riesgo regulatorio se concentra donde hay mayor impacto económico o institucional.
Recomendación práctica
Para proyectos en etapa de planificación o ejecución, sugerimos:
- Revisar si los actos administrativos clave están sujetos a toma de razón.
- Incorporar esta variable en la planificación de plazos.
- Evaluar si es posible estructurar contratos bajo modelos estandarizados.
- Anticipar eventuales observaciones regulatorias.
En síntesis…
No es un cambio urbanístico ni sectorial, pero sí puede alterar la forma y el tiempo en que ciertos proyectos obtienen validación estatal.
Una buena planificación regulatoria hoy evita retrasos mañana.
Para más información sobre estas materias, contactar a nuestro abogado del área Derecho Público y Regulatorio:
Joaquín Palma






















